Gobierno Nacional adjudica contrato de pasaportes por más de $240.000 millones a la unión temporal liderada por Thomas Greg & Sons

Bajo la figura de urgencia manifiesta y por un periodo máximo de 15 meses, la Cancillería firmó la minuta con el consorcio para garantizar la producción mensual de hasta 170.000 libretas y el suministro de etiquetas de visa.

El Gobierno nacional, a través del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, fijó los términos definitivos del contrato 959-2026, destinado a asegurar la producción, personalización y distribución de pasaportes y documentos de viaje en el país. El valor máximo previsto asciende hasta los $240.352.447.851 (incluido IVA y tasas aplicables), con un plazo de ejecución que se extenderá hasta el 17 de diciembre de 2027.

La adjudicación se concretó con la Unión Temporal Documentos de Viaje 2027, integrada de manera mayoritaria por Thomas Greg & Sons de Colombia S.A. (68 %), en compañía de Thales Colombia S.A. (28,9 %) y Thomas Greg & Sons Limited – Guernsey (3,1 %).

Alcance de los servicios y condiciones de pago

El acuerdo contempla la fabricación de pasaportes ordinarios electrónicos, ejecutivos, diplomáticos, oficiales, fronterizos y de emergencia, además de libretas para tripulantes terrestres y etiquetas de visa con zona de lectura mecánica. Tan solo el componente de pasaportes ordinarios electrónicos cuenta con un valor estimado de $145.357.516.350 para una proyección de 2.142.810 unidades.

De acuerdo con la Cancillería, la minuta establece precios unitarios fijos que se mantienen en los mismos valores cobrados durante las urgencias previas, sin incrementos adicionales. El esquema de desembolsos funcionará bajo la modalidad de pagos mensuales condicionados a la entrega efectiva de los insumos y la validación de servicios de custodia y distribución por parte del supervisor, recordando que el monto total representa un tope económico y no una obligación de ejecución absoluta.

La contratación directa se originó tras la declaratoria de urgencia manifiesta (Resolución 12973 de 2026), impulsada por la suspensión provisional de los instrumentos contractuales anteriores ordenada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. No obstante, el contrato incluye una cláusula de terminación anticipada en caso de que entre en operación un nuevo proveedor seleccionado por las vías ordinarias o se restablezca el servicio por orden judicial.

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