CALENDARIO TRIBUTARIO 2026 | Atención contribuyentes: La DIAN fijó fechas para la declaración de renta de personas naturales
A partir del 12 de agosto y hasta el 26 de octubre de 2026, los ciudadanos deberán rendir cuentas sobre sus ingresos, patrimonio e inversiones del año gravable 2025. Conozca el paso a paso para consultar si debe declarar, la documentación requerida y el cronograma según su número de cédula.
Lo que debe saber sobre el proceso
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) habilitará oficialmente la plataforma para presentar la declaración de renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2025. Durante este ciclo, los contribuyentes obligados tendrán que reportar datos relacionados con consumos, consignaciones bancarias, inversiones y patrimonio.
La entidad recordó que las fechas límite se determinan estrictamente según los dos últimos dígitos de la cédula o NIT.
Dato clave: Evite sanciones o intereses por extemporaneidad verificando con anticipación la fecha máxima que le corresponde según el calendario de la DIAN.
¿Cómo verificar si le corresponde declarar?
Para salir de dudas en pocos minutos, la entidad habilitó un procedimiento digital sencillo:
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Paso 1: Ingrese al portal web oficial de la DIAN.
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Paso 2: Ubique la sección ‘Trámites y servicios’.
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Paso 3: Seleccione la opción ‘Consulta de renta’ e ingrese su número de cédula para conocer su estado.
Requisitos y documentos esenciales
Si debe cumplir con esta obligación, prepare desde ya los siguientes soportes del año gravable 2025:
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Ingresos y deudas: Certificado de ingresos y retenciones (Formulario 220), extractos bancarios cortados al 31 de diciembre y certificados de deudas pendientes.
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Patrimonio y aportes: Documentos del valor de vehículos e inmuebles, junto con los recibos de pago de salud y pensión.
Una vez reunida la carpeta, ingrese a la sede electrónica de la DIAN. Puede apoyarse en la herramienta ‘Ayuda renta’ para cargar la información, calcular si tiene saldo a favor o impuesto a pagar, y finalizar firmando electrónicamente.
Calendario de vencimientos por número de cédula (Agosto – Septiembre 2026)
Consulte a continuación los primeros turnos asignados por la entidad según la terminación de su documento:
| Últimos dígitos | Fecha límite de presentación |
| 01 y 02 | 12 de agosto de 2026 |
| 03 y 04 | 13 de agosto de 2026 |
| 05 y 06 | 14 de agosto de 2026 |
| 07 y 08 | 18 de agosto de 2026 |
| 09 y 10 | 19 de agosto de 2026 |
| 11 y 12 | 20 de agosto de 2026 |
| 13 y 14 | 21 de agosto de 2026 |
| 15 y 16 | 24 de agosto de 2026 |
| 17 y 18 | 25 de agosto de 2026 |
| 19 y 20 | 26 de agosto de 2026 |
| 27 y 28 | 1 de septiembre de 2026 |
| 29 y 30 | 2 de septiembre de 2026 |
| 31 y 32 | 3 de septiembre de 2026 |
| 33 y 34 | 4 de septiembre de 2026 |
| 35 y 36 | 7 de septiembre de 2026 |
| 37 y 38 | 8 de septiembre de 2026 |
| 39 y 40 | 9 de septiembre de 2026 |
| 41 y 42 | 10 de septiembre de 2026 |
| 43 y 44 | 11 de septiembre de 2026 |
| 45 y 46 | 14 de septiembre de 2026 |
| 47 y 48 | 15 de septiembre de 2026 |
| 49 y 50 | 16 de septiembre de 2026 |
| 51 y 52 | 17 de septiembre de 2026 |
| 53 y 54 | 18 de septiembre de 2026 |
| 55 y 56 | 21 de septiembre de 2026 |
| 57 y 58 | 22 de septiembre de 2026 |
| 59 y 60 | 23 de septiembre de 2026 |
| 61 y 62 | 24 de septiembre de 2026 |
| 63 y 64 | 25 de septiembre de 2026 |
| 65 y 66 | 28 de septiembre de 2026 |
Métodos de pago disponibles
Si su liquidación genera saldo a pagar, puede realizar la transacción por medios electrónicos o de forma presencial bancaria.
Para pagos en ventanilla, deberá diligenciar e imprimir dos ejemplares del ‘Recibo oficial de pago de impuestos nacionales (490)’. Se aceptan pagos en efectivo, tarjetas débito o crédito, cheques de gerencia, transferencias electrónicas y abonos en cuenta.

