El Consejo de Estado anuló el nombramiento de Luis Gilberto Murillo como ministro de Relaciones Exteriores al determinar que, al momento de su designación, se encontraba incurso en una inhabilidad legal derivada de una condena penal impuesta en 1997 por un delito contra el patrimonio.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal, que concluyó que la existencia de esa condena impedía jurídicamente su nombramiento como jefe de la cartera de Relaciones Exteriores, por lo que declaró la nulidad del acto administrativo mediante el cual había sido designado.
El fallo establece que la inhabilidad estaba vigente al momento de su posesión, razón por la cual el nombramiento no cumplía con los requisitos exigidos por la Constitución y la ley para ejercer el cargo de canciller.
La decisión del Consejo de Estado pone fin al proceso de nulidad electoral promovido contra la designación de Murillo y obliga al Gobierno a realizar un nuevo nombramiento para dirigir el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Hasta el momento, Luis Gilberto Murillo no se ha pronunciado públicamente sobre el fallo, mientras se espera que el Gobierno Nacional anuncie las medidas que adoptará tras la decisión del alto tribunal.
Con esta determinación, el Consejo de Estado reitera que el cumplimiento del régimen de inhabilidades es un requisito indispensable para acceder a altos cargos del Estado, independientemente de la trayectoria política o administrativa de los funcionarios designados.

