La Corte Constitucional reavivó hoy el reclamo histórico de los pueblos indígenas wayúu, al advertir que el Estado continúa sin garantizar medidas integrales de salud, agua y alimentación para esta población, pese a la sentencia T‑302 de 2017 que declaró un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI).
En un auto reciente, la Sala Especial de Seguimiento evaluó al Gobierno frente al cumplimiento del objetivo constitucional mínimo tercero (salud) para los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia. Se encontró que, aunque existe un Plan Provisional de Acción (PPA), éste aún no ha sido suficiente para superar las condiciones de vulnerabilidad que afectan a la niñez wayúu.
Lo que la Corte exige ahora
- Formular e implementar una política pública de salud específica para los menores wayúu, con metas claras y recursos asegurados.
- Que los entes responsables presenten informes concretos que muestren qué acciones estructurales adoptarán a mediano y largo plazo para reducir la mortalidad materna, enfermedades respiratorias y diarreas, y mejorar el acceso real al sistema de salud en las zonas rurales y dispersas.
- Garantizar transparencia en la selección de beneficiarios, asignación de contratistas, y la participación efectiva de las comunidades wayúu.
Interrogantes que siguen abiertos
- ¿De dónde se obtendrán los recursos financieros para sostener estos planes estructurales, que superen el corto plazo?
- ¿Qué entidad será responsable de su administración y seguimiento diario en terreno en estas zonas remotas?
- ¿Cuándo se verán resultados tangibles que no dependan solo de planes provisionales sino de intervenciones perdurables que impacten la vida cotidiana?
La Corte constitucional deja claro que estos compromisos no pueden seguir siendo promesas sin respaldo presupuestal y sin monitoreo real. Las comunidades wayúu exigen algo más que discursos: esperan acciones responsables, efectivas y permanentes.

