¿Te ha pasado que dejas el carro o la moto guardados unos días porque se te venció la revisión técnico-mecánica, con el miedo constante de que te llegue una fotomulta o un comparendo «fantasma» directo a tu correo?
Si es tu caso, respira hondo. El Ministerio de Transporte acaba de lanzar un salvavidas legal clave para todos los conductores del país. Resulta que las autoridades de tránsito no pueden multarte ni inmovilizar tu vehículo por el simple hecho de que en el sistema aparezca que el documento expiró.
Aquí te explicamos la letra menuda de esta medida para que no te metan los dedos en la boca.
El «secreto» está en el movimiento: La regla de la circulación
La ley colombiana es muy clara al exigir que portemos el SOAT, la licencia de conducción y la técnico-mecánica al día. Sin embargo, el MinTransporte aclaró un vacío que muchos agentes de tránsito solían aprovechar: la sanción solo procede si el vehículo está transitando.
El concepto clave: No te pueden poner un comparendo basándose únicamente en la base de datos del RUNT. Para que exista una infracción real, un agente de tránsito debe sorprenderte con el vehículo en movimiento por las vías públicas.
De acuerdo con el Radicado MT No. 20251341613391, si tu carro o moto está parqueado en el garaje de tu casa, en un parqueadero privado, o simplemente no está circulando, la información del RUNT por sí sola no es prueba suficiente para iniciar un proceso de sanción.
¿Cuándo SÍ te pueden sancionar? (No te confíes)
Ojo, esto no es una carta blanca para andar por ahí con los papeles vencidos. La regla del juego tiene límites muy claros que debes tener en cuenta para evitar que tu vehículo termine en los patios:
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En plena vía: Si decides sacar el vehículo a la calle y te detiene un retén, ahí sí se aplica todo el peso de la ley.
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Fotomultas de velocidad: Si una cámara te detecta por exceso de velocidad o pasándote un semáforo, y al cruzar los datos ven que no tienes la técnico-mecánica, la sanción será completamente válida porque quedó registrado que el vehículo estaba en circulación.
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Consecuencias: Recuerda que circular sin este documento vigente acarrea una multa económica considerable y la inmovilización inmediata del vehículo.
Tu escudo protector: ¿Qué debes recordar?
Para evitar abusos de autoridad y tener total claridad sobre tus derechos, guarda estos tres puntos clave:
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Evidencia física de circulación: Para sancionarte, la autoridad de tránsito debe demostrar con un hecho concreto (como una detención en vía o una captura de cámara de fotomulta activa) que estabas manejando el automotor.
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El RUNT no es un juez automático: El estado «vencido» en la plataforma digital no es un comparendo automático ni da pie a sanciones de oficio.
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Garantía jurídica: Esta aclaración busca frenar las multas injustas y darles un respiro a quienes, por motivos económicos o mecánicos, tienen su vehículo guardado temporalmente mientras se ponen al día.
La próxima vez que escuches un rumor sobre «multas automáticas desde el RUNT», ya sabes qué responder. ¡Haz valer tus derechos en la vía!

