En Colombia, todos los trabajadores que desempeñen sus funciones de manera remota o bajo la modalidad de teletrabajo tienen derecho a recibir un auxilio de conectividad que cubra los gastos de internet, telefonía y, en algunos casos, luz, siempre que cumplan ciertos requisitos salariales. Esta obligación legal surge a raíz de la reforma laboral y la Ley 2466 de 2025, y es excluyente al tradicional auxilio de transporte.
¿Quiénes tienen derecho?
El beneficio aplica a los trabajadores que:
- Laboran total o parcialmente desde casa.
- No reciben auxilio de transporte.
- Devengan hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV), es decir, aproximadamente $2 millones para 2026.
El auxilio es obligatorio, no es opcional, y su incumplimiento puede generar sanciones y multas por parte del Ministerio de Trabajo.
¿Cuánto es el auxilio de conectividad?
Para 2025, el auxilio se fijó en $200.000 mensuales, equivalente al subsidio de transporte. Aunque no se considera parte del salario, sí se toma como base para la liquidación de prestaciones sociales para los trabajadores que ganen hasta dos SMLMV, según el artículo 53 de la Ley 2466 de 2025:
“El auxilio de conectividad no es constitutivo de salario; sin embargo, será base de liquidación de prestaciones sociales para aquellos trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.”
¿Qué gastos cubre?
- Internet y telefonía: prioridad para garantizar la conectividad del trabajador.
- Luz o energía: puede incluirse si se pacta un auxilio compensatorio que cubra el excedente de las facturas generadas por el teletrabajo.
Es importante destacar que el auxilio de conectividad y el auxilio de transporte no son acumulables. Es decir, si se recibe uno, el otro no aplica.
Pago y formalidades
El auxilio debe pagarse mensualmente, y el monto puede establecerse como un valor fijo (habitualmente equivalente al auxilio de transporte) o como un porcentaje calculado sobre los gastos reales generados por trabajar desde casa.
Esta normativa se encuentra vigente desde el 1 de julio de 2023, tras la entrada en vigor de la Ley 2026 de 2020, que regula el teletrabajo en Colombia. Todos los empleadores están obligados a cumplirla, y los empleados que no reciban el auxilio pueden reportar la omisión ante el Ministerio de Trabajo, lo que podría derivar en multas o pagos retroactivos.
Resumen práctico:
- Quién aplica: trabajadores remotos o en teletrabajo, hasta 2 SMLMV, sin auxilio de transporte.
- Monto 2025: $200.000 mensuales.
- Cobertura: internet, telefonía y, opcionalmente, luz.
- Pago: mensual, no acumulable con auxilio de transporte.
- Obligatoriedad: sí, con sanciones por incumplimiento.
En conclusión, si trabajas desde casa en Colombia y cumples con los criterios salariales, tu empleador está legalmente obligado a cubrir tus gastos de conectividad, garantizando que puedas desempeñar tus labores de manera eficiente y sin afectar tus finanzas personales.

