Los hogares que viven en arriendo en Colombia deberán tener en cuenta un aspecto clave en sus finanzas: además del canon mensual, la ley establece responsabilidades que pueden traducirse en costos adicionales asociados al uso del inmueble.
La regulación vigente en materia de arrendamientos de vivienda urbana busca estandarizar las condiciones contractuales y equilibrar los derechos y deberes entre propietarios e inquilinos. El objetivo, según el marco normativo, es armonizar la función social de la propiedad privada con el derecho de los ciudadanos a acceder a una vivienda digna.
Sin depósitos, pero con obligaciones claras
Uno de los puntos más relevantes es que el propietario no puede exigir depósitos en dinero para cubrir eventuales daños o incumplimientos. Esta práctica está prohibida en contratos de vivienda urbana.
Sin embargo, la norma también establece que el incumplimiento en el pago del arriendo constituye una falta grave que puede dar lugar a la terminación del contrato y al proceso de desalojo, incluso si el retraso ocurre desde el primer mes de ocupación.
En cuanto a los plazos para pagar el canon, la ley permite que sean definidos en el contrato. Es decir, el arrendador puede fijar los días en que deberá efectuarse el pago mensual.
Reparaciones locativas: el punto clave
El aspecto que genera mayor debate entre arrendadores y arrendatarios tiene que ver con las reparaciones locativas. Se trata de arreglos destinados a mantener el inmueble en condiciones adecuadas de higiene y funcionamiento, sin alterar su estructura.
Entre estos trabajos se incluyen:
- Mantenimiento o sustitución de pisos, cielorrasos y enchapes.
- Ajustes o mejoras en redes hidráulicas, sanitarias, eléctricas o de gas.
- Pintura del inmueble.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, en términos generales estos gastos corresponden al arrendatario, ya que se derivan del uso cotidiano de la vivienda. Esto significa que, al finalizar el contrato, el inquilino podría asumir el costo de pintar o realizar reparaciones menores necesarias para entregar el inmueble en buen estado.
No obstante, la responsabilidad cambia cuando el deterioro obedece a fuerza mayor, caso fortuito o a la mala calidad de los materiales. En esos eventos, el arreglo debe ser asumido por el propietario.
Más arrendatarios que propietarios
El tema cobra relevancia si se tiene en cuenta la creciente tendencia al arriendo en el país. Según un estudio de BBVA Research sobre el mercado inmobiliario colombiano, en 2025 el país cerró con 7,3 millones de hogares viviendo en arriendo, superando los 7,1 millones que habitan vivienda propia.
Este panorama refleja que cada vez más familias dependen de contratos de arrendamiento, por lo que conocer las reglas y responsabilidades resulta fundamental para evitar conflictos y gastos inesperados.
Expertos recomiendan leer detalladamente cada cláusula del contrato antes de firmarlo y dejar por escrito el estado del inmueble al momento de recibirlo, con el fin de prevenir controversias al finalizar el acuerdo.

