Una condena histórica fue emitida por la justicia colombiana contra tres integrantes de la Policía Nacional, responsables del homicidio de un joven futbolista ocurrido en Cartagena en agosto de 2020 y del posterior encubrimiento del crimen mediante informes falsos.
Un juez penal del circuito de Cartagena sentenció al patrullero Octavio Darío Porras Vides a 44 años y 2 meses de prisión por el delito de homicidio agravado, al determinarse que fue quien disparó con su arma de dotación contra el adolescente, causándole la muerte.
Los hechos ocurrieron el 24 de agosto de 2020, cuando los uniformados llegaron a un lavadero de autos en el barrio San Francisco. Según la Fiscalía, los policías golpearon al menor porque no les dio información precisa sobre los horarios del establecimiento. Ante la agresión, el joven intentó huir, pero fue perseguido y alcanzado por Porras Vides, quien le disparó en el abdomen. El menor murió posteriormente en un centro asistencial.
La investigación, liderada por la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, estableció que los otros dos patrulleros, Iván Darío Olivo de Ávila y Esteban Gómez Ricard, alteraron los reportes oficiales para encubrir el crimen. En dichos documentos afirmaron falsamente que el joven pertenecía a una pandilla y que había atacado a los policías con un arma artesanal.
Sin embargo, pruebas testimoniales, peritajes balísticos y labores de policía judicial demostraron que la víctima nunca portó ni utilizó ningún arma, y que el artefacto entregado como evidencia no era apto para disparar.
Por estos hechos, Olivo de Ávila fue condenado a 13 años y 6 meses de prisión por favorecimiento agravado, mientras que Gómez Ricard recibió una pena de 14 años de cárcel por favorecimiento agravado y falsedad ideológica en documento público.
La Fiscalía destacó que la víctima hacía parte de una escuela de fútbol en Cali y se encontraba en Cartagena de manera temporal, subrayando que se trató de un caso de abuso de autoridad seguido de encubrimiento institucional.
La sentencia es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley.

