jueves, enero 30, 2025

Usuarios no están obligados a pagar impuestos en facturas de servicios públicos, según la Superservicios

La Superintendencia de Servicios Públicos (Superservicios) emitió este miércoles una circular externa aclarando que las empresas prestadoras de servicios públicos no pueden incluir cobros adicionales en las facturas que no estén directamente relacionados con la prestación de dichos servicios. Esta medida surge en el contexto de los cobros realizados por Air-e por conceptos como la sobretasa de seguridad y aseo en algunos municipios.

Según la Superservicios, la legislación vigente, incluida la Ley 142 de 1994, establece que las facturas solo deben reflejar los cargos correspondientes a los servicios efectivamente prestados, y no pueden incluir otros conceptos sin la autorización expresa del usuario. Además, cualquier cobro no relacionado con el servicio público debe ser separado y claramente identificado en la factura.

En caso de que el usuario lo solicite, podrá pagar solo el valor correspondiente al servicio público domiciliario, sin necesidad de abonar cargos adicionales, y sin que esta decisión implique la suspensión del servicio. La normativa también establece que, si se incluyen cobros por otros conceptos, como productos o seguros, deberán contar con el consentimiento expreso del usuario, quien podrá realizar pagos de manera separada para evitar que la falta de pago de otros cargos cause interrupciones en el servicio.

Esta medida busca proteger los derechos de los usuarios y garantizar la transparencia en los cobros realizados por las empresas de servicios públicos.

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