JEP activa las sanciones contra siete exjefes de las Farc: tendrán restricciones y control electrónico

El Tribunal para la Paz formalizó la ejecución de las sanciones del Caso 01, que incluyen permanencia en una residencia fija, horarios de trabajo, limitaciones de movilidad y prohibición de salir del país sin autorización.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) puso formalmente en ejecución las sanciones propias impuestas a siete antiguos integrantes del Secretariado de las Farc-EP por los hechos investigados en el Caso 01, relacionado con la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes cometidos durante el conflicto armado.

La decisión establece las condiciones bajo las cuales los sancionados deberán cumplir las penas restaurativas y las medidas de supervisión determinadas por el Tribunal para la Paz.

Los siete comparecientes son Rodrigo Londoño Echeverri, conocido como Timochenko; Jaime Alberto Parra Rodríguez; Milton de Jesús Toncel Redondo; Pablo Catatumbo Torres Victoria; Pastor Lisandro Alape Lascarro; Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.

Según la JEP, las sanciones están relacionadas con su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad asociados, entre otros hechos, con privaciones graves de la libertad, homicidios, torturas, desapariciones forzadas, violencia sexual y desplazamiento forzado.

Entre cinco y ocho años de sanción

Los tiempos establecidos por la JEP varían de acuerdo con cada compareciente.

Rodrigo Londoño y Pablo Catatumbo deberán cumplir ocho años; Jaime Alberto Parra, siete años, 10 meses y dos días; Milton de Jesús Toncel, siete años, ocho meses y 25 días; Pastor Alape, seis años, 11 meses y 22 días; Julián Gallo, seis años; y Rodrigo Granda, cinco años.

Durante ese período deberán cumplir una serie de condiciones fijadas por la jurisdicción especial.

Entre ellas se encuentra la obligación de permanecer en una residencia determinada, cumplir un horario establecido para las actividades de trabajo restaurativo y atender restricciones de movilidad.

Además, para determinados desplazamientos deberán contar con autorización de la JEP.

Uno de los puntos centrales de la decisión establece que no podrán salir del territorio nacional sin autorización. También deberán portar un dispositivo electrónico de seguimiento, como mecanismo de control durante la ejecución de las sanciones.

Tendrán que cumplir 79 acciones restaurativas

El componente central de estas sanciones no se limita a las restricciones de movilidad. La JEP estableció 79 acciones restaurativas que deberán desarrollarse en diferentes territorios del país.

Las actividades están relacionadas con la memoria y la reparación simbólica, la búsqueda de personas desaparecidas, la protección del medioambiente y los territorios y acciones relacionadas con minas antipersonal.

Uno de los primeros ejercicios será desarrollado en el departamento del Huila.

Entre el 21 y el 30 de septiembre, cinco de los siete sancionados —Rodrigo Londoño, Rodrigo Granda, Pastor Alape, Jaime Alberto Parra y Milton de Jesús Toncel— participarán en actividades de búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el cementerio San Antonio de Padua, en Pitalito.

Las labores estarán bajo la dirección técnica de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).

Los exintegrantes de las Farc apoyarán actividades logísticas y técnicas, entre ellas la organización del área de intervención, traslado de herramientas e insumos, señalización, apoyo topográfico y retiro controlado de vegetación, suelo y sedimentos.

También podrán participar en excavaciones manuales y en tareas de apoyo a los equipos de antropología encargados de las labores de prospección humanitaria.

La JEP aclaró que la intervención en Pitalito no constituye una nueva sanción, sino que hace parte de los proyectos restaurativos incluidos dentro de la sentencia del Caso 01.

La selección del cementerio responde a información suministrada por la UBPD sobre personas desaparecidas en el marco de los hechos investigados y a la presencia de víctimas acreditadas en esa región.

Con la decisión, el Tribunal para la Paz asume formalmente el seguimiento de las sanciones y deberá verificar que los siete comparecientes cumplan tanto las actividades restaurativas como las restricciones de movilidad y las demás condiciones establecidas en la sentencia.

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