El Tribunal Administrativo del Magdalena ordenó la suspensión provisional del acto mediante el cual Danilo José Beltrán Payares fue llamado a ocupar una curul en la Asamblea Departamental del Magdalena para el periodo 2024–2027, tras advertir posibles irregularidades relacionadas con una presunta inhabilidad al momento de su elección.
La decisión fue adoptada por la magistrada Martha Lucía Mogollón Saker, dentro de una demanda de nulidad electoral presentada por Yoan Suárez Quintero y William Jácome Urrea, quienes argumentaron que Beltrán habría firmado un contrato de prestación de servicios con el Departamento Administrativo de Sostenibilidad Ambiental (Dadsa) el 15 de febrero de 2023, es decir, ocho meses antes de las elecciones celebradas el 29 de octubre del mismo año.
De acuerdo con los demandantes, este contrato configuraría una causal de inhabilidad según lo establecido en el artículo 49, numeral 5, de la Ley 2200 de 2022, que prohíbe la elección de diputados que hayan celebrado contratos con entidades públicas dentro del año anterior a la elección.
El Tribunal, al analizar los argumentos y documentos aportados, resolvió “suspender provisionalmente el llamamiento a ocupar curul de Danilo José Beltrán Payares como diputado del Magdalena”, mientras avanza el estudio de fondo del caso.
Con esta determinación, la Asamblea Departamental del Magdalena deberá acatar la medida y proceder con las notificaciones correspondientes.
El proceso continuará con la práctica y valoración de pruebas, tras lo cual el Tribunal emitirá una decisión definitiva sobre la validez o nulidad de la elección del diputado.
Beltrán Payares fue elegido en representación del movimiento Fuerza Ciudadana, colectividad que lidera el exgobernador Carlos Caicedo Omar. Hasta el momento, ni el diputado ni la organización política se han pronunciado oficialmente sobre la decisión judicial.