En una decisión trascendental, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Galapa ha acogido una acción de tutela interpuesta por la Alcaldía Municipal y ha ordenado, como medida provisional, el suministro inmediato de agua potable en el barrio Villa Olímpica. Las empresas Aguas del Atlántico S.A. E.S.P. y AguaCaribe S.A.S. E.S.P. son las responsables de garantizar este servicio.
La resolución judicial se fundamenta en un informe técnico de la Secretaría de Planeación Municipal y establece que las empresas deberán asegurar el mínimo vital de agua potable diario, conforme a los estándares de la Organización Mundial de la Salud, es decir, entre 25 y 50 litros por persona. Para ello, se deberá despachar entre 12 y 24 carrotanques diarios, distribuidos equitativamente en los cuatro sectores de Villa Olímpica.
La orden también exige un informe diario de cumplimiento, detallando los vehículos utilizados, el volumen entregado, las rutas cubiertas y el número de viviendas atendidas. Además, la Alcaldía de Galapa, en conjunto con la Policía Nacional y líderes comunitarios, ha sido designada para coordinar el proceso y asegurar la seguridad y normalidad durante la distribución.
Esta medida tiene efectos inmediatos y deberá ejecutarse en un plazo máximo de 24 horas, manteniéndose vigente mientras persista la interrupción del servicio regular de agua.
Con esta decisión, se reafirman los derechos fundamentales de los habitantes de Galapa a una vida digna, salud y salubridad. La Alcaldía de Galapa ha reiterado su compromiso de seguir actuando con firmeza y del lado de la comunidad hasta lograr una solución definitiva y estructural a esta problemática, enfatizando que en Galapa, el agua «no se mendiga: se garantiza».