jueves, febrero 6, 2025

Corte Constitucional de Colombia prohíbe el matrimonio antes de los 18 años

La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una histórica decisión que prohíbe el matrimonio de menores de 18 años, eliminando la posibilidad de que los menores puedan contraer matrimonio con el consentimiento de sus padres o representantes legales. Esta medida afecta a los artículos 117 y 124 del Código Civil, que permitían el matrimonio a partir de los 14 años con la autorización parental.

La Sala Plena del tribunal argumentó que las uniones tempranas son perjudiciales para el desarrollo personal, educativo y social de los niños y niñas, exponiéndolos a riesgos graves. El fallo subraya que el matrimonio infantil perpetúa ciclos de desigualdad y violencia de género, afectando directamente los derechos fundamentales de los menores.

Este fallo se alinea con los estándares internacionales de protección infantil, colocando a Colombia en una creciente lista de países que han elevado la edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años sin excepciones. La decisión representa un paso importante en la protección de los derechos de los menores y una clara postura en contra de las prácticas que ponen en riesgo su bienestar y futuro.

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