El Juez Segundo Especializado de Barranquilla, Hugo Carbonó, rechazó este lunes la solicitud del abogado de Nicolás Petro, Alejandro Carranza, quien había pedido que se retirara temporalmente a la prensa de la audiencia preparatoria del juicio de su defendido.
Carranza argumentó que la medida buscaba proteger la integridad de Nicolás Petro y su familia, debido a los insultos y amenazas recibidas a través de las redes sociales. El abogado solicitó suspender el acceso de los medios de comunicación a la audiencia, que estaba programada de manera pública.
El juez, sin embargo, consideró que no existían razones suficientes para restringir el acceso de los medios. Afirmó que no se estaba poniendo en peligro la seguridad nacional ni la de menores de edad, dos de los principios que suelen justificar el retiro de la prensa en audiencias públicas. «No acceder a realizar esta audiencia en privado», sostuvo el togado, subrayando que la transparencia en el proceso debía prevalecer.
La fiscal Lucy Marcela Laborde y la delegada de la Procuraduría, Margarita Rosa Salas Ruiz, coincidieron en que no era necesario restringir el acceso a los medios. Laborde enfatizó que permitir la cobertura periodística es esencial para garantizar los derechos a la igualdad y al debido proceso. Por su parte, Salas Ruiz señaló que, aunque comprendían las dificultades derivadas de las amenazas en redes sociales, esto no justificaba limitar la presencia de la prensa.
Ambas funcionarias coincidieron en que las amenazas contra Nicolás Petro y su familia no provenían de los medios de comunicación, sino del contexto de las redes sociales, y que la mejor manera de abordar este problema no era restringir la cobertura de los medios.
El juez también recordó que en octubre de 2023 había sido claro en que no aplazaría la audiencia, tal como lo mencionó en una publicación anterior, desmintiendo rumores sobre un posible cambio de fecha.
Con esta decisión, la audiencia continuó bajo la mirada de la prensa, garantizando la transparencia en el desarrollo del proceso judicial.