Fallo del Tribunal no altera la victoria de Agudelo como alcalde de Santa Marta

Quinta derrota para Pinedo Cuello en Santa Marta

A pesar de la quinta derrota legal, la posición de Jorge Agudelo como alcalde electo se mantiene inquebrantable según decisión del CNE.

La sala laboral del Tribunal Superior de Santa Marta ha emitido un fallo que representa la quinta derrota para Carlos Pinedo Cuello en una misma elección. Aunque el fallo podría haber alterado el rumbo de los acontecimientos, Jorge Agudelo, el alcalde electo, conserva su posición según la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El fallo, considerado por algunos como una «victoria con sabor a derrota» para Pinedo Cuello, no afecta la situación electoral. La validez de la decisión del Tribunal es cuestionada, ya que carecía de competencia sobre el proceso electoral.

Se mantiene firme la decisión del CNE, permitiendo que los votos de Agudelo Apreza sean contados y entregándose la credencial que lo confirma como ganador.

Revocado fallo de tutela en Santa Marta: Determinan improcedencia en caso de Fuerza Ciudadana

La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta ha revocado el fallo de tutela emitido el 23 de octubre de 2023, adicionado el 26 siguiente, en el caso presentado por Javier José Yepes Conde contra la Registraduría Nacional del Estado Civil de Santa Marta.

La acción de tutela, radicada bajo el número 47-001-31-05-004-2023-00280-01, fue presentada por Yepes Conde, simpatizante del movimiento político Fuerza Ciudadana, buscando amparar los derechos fundamentales relacionados con la «participación» en la contienda política del 29 de octubre de 2023.

La solicitud estaba dirigida a garantizar la inscripción del candidato Jorge Luis Agudelo Apreza, propuesto por Fuerza Ciudadana para la Alcaldía de Santa Marta, cuya candidatura fue revocada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) debido a una inhabilidad presentada por la candidata inicial del partido.

La Sala determinó la improcedencia de la acción constitucional al considerar que los demandantes no eran directamente implicados en la presunta vulneración y que no demostraron actuar en representación del partido político afectado. Además, la Corte Constitucional limitó la figura de coadyuvancia para evitar múltiples acciones constitucionales en un mismo trámite.

Con esta decisión, se revoca la medida provisional decretada en el fallo de tutela original y se levanta la disposición adoptada en el auto del 9 de octubre de 2023. El expediente será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.