Procuraduría Ratifica Sanción de Inhabilidad de 12 Años para Rodolfo Hernández por Caso ‘Vitalogic’

Se impuso una inhabilidad general de 12 años a Rodolfo Hernández por hallarlo responsable de interés indebido en la adjudicación del contrato.

La Procuraduría confirmó la sanción de destitución impuesta al exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández por el caso de direccionamiento de contratos para beneficiar a la Unión Temporal Vitalogic en el concurso público.

El organismo además impuso una inhabilidad general de 12 años, al hallarlo responsable de interés indebido en la adjudicación del contrato para encargarse del manejo de las basuras de Bucaramanga (Santander).

Popular estableció que el exmandatario utilizó su cargo como alcalde y presidente de la junta directiva de la Empresa de Aseo de Bucaramanga (EMAB) para favorecer a terceros, entre ellos a su hijo.

“Recibiría un 28 % de la comisión total que se lograra por la adjudicación del contrato, si este se celebraba con los representantes de la tecnología WastAway en Colombia, que sería suministrada por la Unión Temporal Vitalogic RSU”, menciona la Procuraduría.

El organismo consideró que el exalcalde se apartó de la función pública en cuanto no desempeñó sus funciones de actuar en beneficio del bien general, sino que utilizó el poder de su cargo para beneficiar a personas particulares.

La Procuraduría se anticipó a cualquier intención de recurrir a instancias internacionales y explicó que está sanción se desarrolla en el marco de las funciones que fueron otorgadas por la Constitución.

“El ejercicio del poder disciplinario de cara a estas prácticas enquistadas y tristemente normalizadas en nuestra sociedad es un compromiso internacional del Estado que le compete cumplir por mandato constitucional y legal a la Procuraduría General de la Nación, frente a todos los servidores públicos, incluidos los elegidos popularmente”, concluye el fallo.

Además, mencionan que, al ser una sanción impuesta contra un funcionario público que ya no se desempeña en su cargo, la sanción entra a regir inmediatamente y no debe esperar una respuesta del Consejo de Estado.

Fuente: Sistema Integrado de Información