¿Cómo hace Air-e para buscar acuerdo de pago con Las Cayenas?… ¿Será igual al cobro extorsivo que hizo en Altos de la Colina?

Así lo anunció esta mañana la oficina de comunicaciones de la empresa operadora del servicio de energía en Barranquilla, Air-e, quien dice; “Por una deuda del orden de los 284 millones de pesos, la empresa Air-e busca un acuerdo de pago con la comunidad de Las Cayenas. Pese los acercamientos y diálogos en varias oportunidades se había impedido la suspensión del servicio por millonaria deuda por consumo de energía del área común del condominio“.

Llama la atención el modus operandi ilegal que viene implementado la empresa Air-e, quien llega, suspende el servicio a todo un conjunto como lo hizo en Altos de la Colina, para presionar el pago de un grupo muy minúsculo de personas que debían el mes recién cumplido (27 de oct.), lo que se traduce en un cobro extorsivo desde todo punto de vista.

Cabe señalar que a través de sus sistemas de atención y reclamo, como en Twitter, Air-e para el casos e Altos de la Colina respondía que la suspensión obedecía a la falta de pago de administración del área común, lo cual era totalmente falso, pues con recibo en mano se demostró que estaba al día al igual que el 80% de los apartamentos.

Aquí el recibo de cobro de área común de Altos de la Colina y su respectivo pago:

Conforme al articulo 23 y 29 de la Constitución política Colombiana; formulo la siguiente petición y reclamo; mi inmueble identificado con NIT 5882318 se encuentra al día, con ustedes por lo que es abusiva la suspensión no informada previamente por parte de ustedes; con lo cuál están violentando el “Artículo 140: Suspensión por incumplimiento. El incumplimiento del contrato por parte del suscriptor o usuario da lugar a la suspensión del servicio en los eventos señalados en las condiciones uniformes del contrato de servicios y en todo caso en los siguientes:

La falta de pago por el término que fije la entidad prestadora, sin exceder en todo caso de dos (2) períodos de facturación en el evento en que esta sea bimestral y de tres (3) períodos cuando sea mensual y el fraude a las conexiones, acometidas, medidores o líneas. Para proceder a la suspensión por incumplimiento, el prestador de los servicios públicos domiciliarios deberá informar al usuario en caso de no haber recibido el correspondiente pago, a través de comunicación que deberá ser enviada por el mismo medio o canal del recibo o factura de cobro. El usuario, una vez recibida la anterior comunicación, deberá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, allegar el respectivo comprobante de pago so pena de constituirse en mora y proceder a la suspensión del servicio.”.

Ustedes no avisaron previamente de la presunta deuda de las áreas comunes del conjunto y además proceden sin informarnos a suspender el servicio, sin darnos la oportunidad de subsanar la falencia si la hubiere, sin tener en cuenta que tenemos población adulta mayor enferma y menores de edad“, una de las tantas peticiones radicadas en la línea de atención de Air-e.

Fácil deducir que de manera extorsiva Air-e aplica el quitar el servicio de energía en los conjuntos residenciales a todos los apartamentos, estén o no al día (no les importa) para presionar como cualquier delincuente a que paguen.

Así las cosas, es URGENTE que la Superintendencia de Servicios Públicos @Superservicios, Defensoría del Pueblo @Defensoríadelpueblo e incluso la misma Procuraduría @PNG, entren a revisar y tomar medidas con esta empresa que de manera abusiva viene haciendo lo que a bien le venga en ganas con las comunidad sin importar ley ni autoridad.