16 Delitos Electorales que Pueden Resultar en Prisión: Consejo Nacional Electoral Advierte a Ciudadanos

En la víspera de las elecciones de Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales y Ediles que se celebrarán el 29 de octubre, el Consejo Nacional Electoral de Colombia ha emitido una advertencia importante a la ciudadanía sobre los delitos electorales que podrían llevar a prisión a quienes los cometan. Estos delitos amenazan la integridad del proceso democrático y van en contra de los principios fundamentales de la democracia del país.

A continuación, se detallan los 16 delitos electorales y sus correspondientes sanciones según lo establecido en el Código Penal Colombiano:

  1. Perturbación del Certamen Democrático: Quienes perturben o impidan de manera engañosa la votación pública o el escrutinio de los mecanismos de participación democrática podrían enfrentar penas de prisión de 4 a 9 años, así como multas de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta pena se incrementa si se realiza mediante violencia.
  2. Constreñimiento al Sufragante: Cualquier amenaza o presión que impida el libre ejercicio del voto incurrirá en penas de 4 a 9 años de prisión y multas de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Las sanciones se duplican si la conducta es realizada por un servidor público.
  3. Fraude al Sufragante: El engaño para influir en el voto de un ciudadano puede llevar a penas de 4 a 8 años de prisión y multas de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Nuevamente, estas sanciones aumentan si el delito es perpetrado por un servidor público.
  4. Fraude en Inscripción de Cédulas: La “trashumancia electoral”, que implica la inscripción de cédulas en un lugar distinto al de nacimiento o residencia, puede resultar en penas de 4 a 9 años de prisión y multas de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  5. Elección Ilícita de Candidatos: Quienes se postulen para cargos de elección popular estando inhabilitados podrían enfrentar penas de 4 a 9 años de prisión y multas de 200 a 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  6. Corrupción de Sufragante: El soborno o la promesa de beneficios a cambio de votos resulta en penas de 4 a 8 años de prisión y multas de 200 a 1,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  7. Tráfico de Votos: La oferta de votos a cambio de dinero o dádivas conlleva penas de 4 a 9 años de prisión y multas de 400 a 1,200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  8. Voto Fraudulento: Suplantar a un votante o emitir múltiples votos puede resultar en penas de 4 a 8 años de prisión y multas de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  9. Favorecimiento de Voto Fraudulento: Los servidores públicos que permitan la suplantación de votantes podrían enfrentar penas de 4 a 9 años de prisión, multas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
  10. Mora en la Entrega de Documentos Electorales: La falta de entrega oportuna de documentos electorales resulta en penas de 4 a 9 años de prisión, multas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
  11. Alteración de Resultados Electorales: Cualquier intento de alterar los resultados de una votación conlleva penas de 4 a 8 años de prisión y multas.
  12. Ocultamiento, Retención y Posesión Ilícita de Cédula: Aquellos que oculten, retengan o posean cédulas ajenas pueden enfrentar penas de 4 a 8 años de prisión y multas.
  13. Denegación de Inscripción: La dilación o el entorpecimiento de la inscripción de candidatos conlleva penas de 4 a 9 años de prisión, multas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
  14. Financiación de Campañas Electorales con Fuentes Prohibidas: La consecución de bienes provenientes de fuentes prohibidas por la ley para financiar campañas electorales resulta en penas de 4 a 8 años de prisión, multas y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas.
  15. Violación de los Topes o Límites de Gastos en las Campañas Electorales: La administración de recursos que exceda los límites de gastos establecidos por la autoridad electoral conlleva penas de 4 a 8 años de prisión, multas y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
  16. Omisión de Información del Aportante: Quienes no informen sus aportes a las campañas electorales conforme a la ley podrían enfrentar penas de 4 a 8 años de prisión y multas.

El Consejo Nacional Electoral hace un llamado a todos los ciudadanos a ejercer su derecho al voto de manera libre y responsable, sin incurrir en prácticas ilegales que amenacen la integridad del proceso electoral. La observancia de la ley es fundamental para garantizar elecciones justas y democráticas.