Alerta Colombia: juez suspende proyecto de carbono hecho a espaldas de la luz pública

Se le pide al Gobierno colombiano y al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), garantizar el funcionamiento de la plataforma estatal de iniciativas de mitigación que lleva fuera de servicio desde agosto de 2022.

El 23 de agosto, una juez de segunda instancia ordenó la suspensión de un proyecto de bonos de carbono en el sur de Colombia que, según un grupo de indígenasse ha realizado a espaldas de su comunidad. Con esa decisión, dejó en firme un fallo similar de un juez de primera instancia dado a conocer en julio pasado y representa la actuación más dura de la justicia colombiana hasta ahora frente a este tipo de iniciativas ambientales.

Qué son los ‘bonos de carbono’

Los proyectos Redd+ enlazan a comunidades locales que cuidan bosques estratégicos para mitigar la crisis climática global con empresas que compran sus bonos de carbono para compensar su propio uso de combustibles fósiles. 

Cada bono o crédito equivale a una tonelada de dióxido de carbono, uno de los gases de efecto invernadero que propician el cambio climático, que ya no subiría a la atmósfera producto de ese esfuerzo de conservación. Pero, muchos de estos proyectos en territorios indígenas no siempre han sido transparentes, por lo que integrantes de esas comunidades están recurriendo a la justicia para resolver los conflictos que han generado o incluso acrecentado.

 A comienzos de junio, doce indígenas del Gran Resguardo de Cumbal interpusieron una tutela contra los promotores del proyecto Redd+ Pachamama Cumbal, en los páramos y bosques altoandinos de su territorio cerca de la frontera con Ecuador.

Los demandantes aseguran que se enteraron de la existencia del proyecto cuando éste incluso ya había vendido sus primeros bonos. En su visión, esto ocurrió porque ni el gobernador del resguardo ni las empresas que lo desarrollan, la mexicana Global Consulting and Assessment Services S.A. de C.V. y su filial colombiana SPV Business S.A.S., lo socializaron con su comunidad en Cumbal.

Señalaron además que les han negado acceso a los documentos que sustentan el proyecto. Tampoco, les han  rendido cuentas sobre en qué se han invertido los recursos generados por la venta de 849 mil bonos de carbono a la petrolera estadounidense Chevron, como reveló una investigación liderada por el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP).

Por ese motivo, argumentaron que el proyecto viola sus derechos fundamentales a la consulta previa, la participación efectiva y la propiedad colectiva.

En las dos instancias, los jueces les dieron la razón. “Los miembros de la comunidad indígena no pueden ser convidados de piedra en el momento de tomar decisiones que los involucren”, escribió la juez Lorena Pérez Rosero del juzgado tercero penal de Ipiales.

Cumbal visto por los jueces

En sus dos decisiones sobre el caso de Cumbal, los jueces pusieron la lupa en varios de los aspectos problemáticos del proyecto Pachamama Cumbal que se implementa en cuatro resguardos vecinos.

En el primer fallo, del 21 de julio, el juez Carlos Alexander Coral reconoció que se trata de una iniciativa benéfica para la comunidad en términos generales, pero consideró que “las falencias en la gestión del proyecto Redd+ Pachamama Cumbal afectaron a la comunidad indígena, no a nivel físico en el territorio como se podría pensar sino a nivel de la cohesión social, la equidad y el buen vivir”. En su visión, la iniciativa se ha llevado a cabo con un “carácter meridianamente subrepticio” y ha tenido una “mínima socialización”.

Al hacerlo, el juez desestimó el argumento del exgobernador Ponciano Yamá de que su rol como autoridad lo facultaba para celebrar ese tipo de contratos. También desestimó el argumento de la empresa Global Consulting de que las comunidades han estado enteradas desde “el inicio mismo del proyecto” y que su entonces gobernador lo aceptó “en su ejercicio de facultades legales”.

Hay una clara preocupación frente a la ausencia de rendición de cuentas sobre los beneficios financieros que debería dejar el proyecto al resguardo, aspecto en que lo secundó la juez de segunda instancia. “Preocupa sobremanera a este despacho que incluso dentro del trámite judicial del presente amparo constitucional no sea claro el destino actual de los recursos económicos generados por la venta de bonos de carbono”, escribió.

“Surge la duda del paradero actual de dichos recursos y más aún de la finalidad que se le está dando a tales fondos que en teoría estaban destinados a incentivar el cuidado de los ecosistemas y la fauna y la flora del territorio indígena”. Agregó la juez.

Por último, la juez de segunda instancia decidió mantener la suspensión del proyecto y del contrato que lo sustenta, el cual ya había decretado el primer juez, hasta tanto sus promotores soliciten al Ministerio del Interior un concepto sobre si se requiere un proceso de consulta libre, previa e informada con la comunidad y la lleven a cabo.

Asimismo, mantuvo la orden del primer juez a los promotores del proyecto de presentar a la comunidad “un informe claro y detallado de la gestión financiera”, que incluya la cuantía de los giros monetarios recibidos y la destinación de esos recursos, en un plazo de máximo de dos meses.

El caso de Cumbal muestra que, en medio de los vacíos del gobierno colombiano para regular y supervisar este incipiente mercado, las comunidades indígenas están acudiendo cada vez más a la justicia.

A las sentencias de los dos jueces de Nariño se sumará pronto otra. En estos momentos, la Corte Constitucional, el máximo tribunal en el país, está examinando por primera vez un caso del mercado voluntario de carbono relacionado con un conflicto similar en el rio Pirá Paraná en Vaupés.