Videos de la apología a “Los Chepitos”: La nueva práctica ilegal de Air-e para cobrar a morosos

El primer caso se conoció al norte de la ciudad, donde evocando la época de los “Chepitos”, la empresa encargada de la operación del servicio de energía se pasa de la raya con esta particular “estrategia” de cobro a “presuntos usuarios morosos”.

Lo grave en estos conjuntos, fue que con nombre y apellido, la trabajadora de Air-e llamó por letra y número de torre a cada moroso con el servicio de energía para que se acercara a la recepción.

No hay que desconocer que el pago los servicios públicos es una obligación que adquiere el usuario, sin embargo, las diferentes intimidaciones empleadas por la empresa Air-e como; recibos rojos, mensaje de pago INMEDIATO, llamadas telefónicas, un preaviso de 24 horas con el anuncio de corte y reportar a los morosos en Datacrédito, no son más que la suma de una penosa práctica que llega al colmo con el proceder de una operaria que con megáfono en mano, perifonea desde la recepción de edificios en el sector residencial de Villa Campestre, llama a lista a los clientes que según ella, aparecen en mora con el pago de la factura del servicio de energía.

El segundo caso se registró en el sector de Alameda con megáfono, donde dieron a conocer la torre y el apartamento de los deudores.

Video de Zonacero

Fueron cinco los contratistas que llegaron en la tarde de este martes al conjunto residencial Tucán y en la entrada empezaron a divulgar los números de los apartamentos y las torres, con usuarios morosos. Una cargaba el megáfono y otra la grababa. En la acera de en frente quedaban las otras tres.

En esta oportunidad, no revelaron los nombres como SÍ lo hicieron en el conjunto residencial Torres de Mallorquín, en Villa Campestre.

Air-e se excusa diciendo en un comunicado con que “la empresa realiza constantemente jornadas de perifoneo con fines informativos, pedagógicos y de cobros, en harás de informar mantenimientos, uso eficiente de la energía y ofrecer planes de financiación a aquellos usuarios que necesiten normalizar su deuda con el servicio de energía”.

Dice Air-e que, “En el video no se identifica plenamente las personas, en ningún momento se dice que son morosos ni el monto de la deuda y si se le extienden una invitación a recibir información”. Esto lo manifiesta el operador del servicio de energía “desconociendo” que sí lo hacen en Villa Campestre como muestra el primer video, de igual manera incurren en delito al violar la Sentencia No. T-412/92 de la Corte Constitucional.

Concluye diciendo “por si las moscas“, como quien dice, “me lavo las manos” a expresar que, “La empresa no ha publicado ni difundido este tipo de actividades, razón por la cual no se hace responsable de la divulgación realizada por tercero así como tampoco de las consecuencias que de ello se deriven”, pero que la ley demuestra todo lo contrario.

Como quiera que, bajo ningún punto de vista, obran dentro del marco legal en su gestión de cobro con esta modalidad, pasan a ser no más que unos “Chepitos eléctricos” que fueron declarados ilegales en la mencionada Sentencia No. T-412/92 de C.S. del 17 de junio de 1992 cuando el alto tribunal decidió acabar con los denominados ‘Chepitos‘.

Vea la Sentencia T-412/92 de C.S.

https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1992/t-412-92.htm#:~:text=%22Toda%20persona%20tendr%C3%A1%20acci%C3%B3n%20de,de%20sus%20derechos%20constitucionales%20fundamentales%22.

Es clara la violación a la intimidad con este “modelo” errado y violatorio de cobro, pasando por alto lo expresado por el alto tribunal el 17 de junio de 1992, cuando decidió acabar con los denominados ‘Chepitos’ cuando en un caso ocurrido en Bogotá, el cobrador de la firma CRESISTEMAS S.A. le manifestó a la peticionaria que si no cancelaba la obligación se vestiría de “chepito”.

Y el ataque al derecho continuó con la vulneración cuando el cobrador apareció con el disfraz puesto en las dependencias de la división administrativa y financiera de la Universidad Católica de Colombia, en donde trabajaba la Sra. Ávila Castro como da cuenta la Srta. Doris Stella Romero Santos“, relata la Corte Constitucional

Por lo tanto, para esta Sala de Revisión, la actitud tanto de amenaza como de vulneración constituye un verdadero atentado al derecho a la honra de la Sra. Luz Marina Ávila Castro“, agrega el alto tribunal.

La Corte advierte en la sentencia que hay una violación de datos personales y de daño al buen nombre, en lo que incurre la empresa Air-e al divulgar los nombres de los usuarios morosos en el conjunto residencial Torres de Mallorquín, en Villa Campestre.

OJO: El llamado a la alcaldía Distrital de Barranquilla en cabeza de Jaime Pumarejo, Superintendencia de Industrial y Comercio y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para entrar a investigar este tipo de irregularidades violatorias contra los usuarios.