El baile del indio y el Plan Maestro de Drenajes Pluviales de Turbaco

Por Álvaro González Álvarez

Después de haber leído los 42 archivos a los que tuve acceso durante mi investigación acerca de los diferentes contratos y convenios interadministrativos firmados entre la Universidad de Cartagena y varios entes gubernamentales en temas de infraestructura, me encontré con el Contrato Interadministrativo No. 048 de 2011.

Álvaro González

Este contrato fue celebrado entre el municipio de Turbaco, la Universidad de Cartagena y la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique -Cardique. El objeto del contrato fue la «realización del Plan Maestro de Drenajes Pluviales del municipio de Turbaco y el plan de acción inmediata para rehabilitar el sistema de drenajes existente», con un costo total de $800’000.000 y una duración de seis meses. Y, como para variar, Alfonso Arrieta Pastrana hizo parte de este contrato.

Dada todas las falencias técnicas expuestas en varias de mis columnas en Revista Metro, respecto a los componentes hidrológico e hidráulico de los diferentes estudios de drenajes pluviales hechos en Cartagena en donde Arrieta Pastrana (y colaboradores) ha participado, quise ahondar más acerca de lo planteado en este estudio del municipio de Turbaco. Mi preocupación es que se haya usado la misma cuestionada metodología y los diseños no estén bien.

Es así que el 16 de mayo de 2023 presenté un derecho de petición ante la Alcaldía de Turbaco (radicado 202305154496847), solicitando «[…] copia de todos los planos en formato PDF y DWG) reportes (ingeniería, social, ambiental etc.) memorias de cálculo, figuras (en formato PDF y shapefile y KMZ) asociados al Plan Maestro de Drenajes Pluviales del municipio de Turbaco […]».

Pasaron más de los 15 días hábiles estipulados por Ley y no recibí respuesta alguna, por lo que el 13 de junio de 2023 presenté una tutela, la cual fue admitida el 15 de junio de 2023 por el Juzgado Décimo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías (Radicado 13001-40-88 010-2023-00172-00).

El 26 de junio, el Juzgado Décimo ordenó al municipio de Turbaco responder en un término de 48 horas. Al día siguiente, la jefa de la Oficina Asesora Jurídica de Turbaco, Laura Andrea Chica de Voz, mediante el Oficio OJU-101-1150-2023, respondió que «de acuerdo a la certificación emitida por Archivo Central de la Alcaldía Municipal de Turbaco, los documentos solicitados no reposan en esa oficina., por tanto, no es posible suministrar las copias solicitadas» (SIC). Ese mismo día (27Jun2023), vía correo electrónico, le respondí que la Corte Constitucional ha establecido que las respuestas a los derechos de petición no pueden ser superfluas, sino que deben resolver lo que se pide.

Desde entonces no he recibido respuesta alguna de la Oficina Asesora Jurídica de Turbaco. Supongo que creeran que su contestación fue suficiente. Ayer, 9 de agosto de 2023, decidí enviar un nuevo correo electrónico al Juzgado Décimo, solicitándoles que protejan mi derecho constitucional, toda vez que considero que el municipio de Turbaco no ha respondido de fondo mi petición. El argumento citado es nuevamente que las respuestas no pueden ser superficiales y que ese «requisito también comporta que, si el ente ante el cual se realiza la solicitud no es el competente para resolverla, no puede excusarse en este argumento para no dar respuesta al escrito presentado». El próximo paso será solicitarle al Juzgado Décimo que me informe acerca del estado del trámite, con el fin de averiguar si la sentencia del 26 de junio de 2023 fue impugnada por el municipio de Turbaco y el proceso se encuentra, por ende, en segunda instancia.

Lo más alucinante de esta historia es la respuesta de la jefa de la Oficina Asesora Jurídica de Turbaco al haber afirmado que no tenían la documentación solicitada por mí. El pasado mes de julio, varios portales digitales dieron cuenta de que las obras de la primera fase del Plan Maestro de Drenajes Pluviales de Turbaco habían empezado (leer ‘Arrancaron las obras del Plan Maestro de Drenajes Pluviales de Turbaco’; ‘Implementan plan de drenajes para mitigar las inundaciones en Turbaco’; y ‘Arrancaron las obras del Plan Maestro de Drenajes Pluviales en Turbaco, Bolívar’). Pregunto: ¿cómo hicieron para contratar dichas obras si no tienen la información?

Más de dos meses han pasado desde que presenté el derecho de petición, ¿será que me toca invocar al Chapulín Colorado para que me ayude a tener una respuesta del municipio de Turbaco?

Ñapa:

Y hablando de bailes del indio: señora Bertha Lucía Arnedo Redondo (vicerrectora de Extensión y Proyección Social de la Universidad de Cartagena), espero que no haya necesidad de entrar nuevamente en un proceso de dilaciones, ida-y-vuelta de correos electrónicos, tutelas e impugnaciones para que puedan entregarme la información solicitada.

Doctor (Ph.D.) en Recursos Hídricos e Ingeniería Ambiental. Con licencia de Ingeniero Profesional (P.E.) en el Estado de Nueva York y Nueva Jersey. Ingeniero consultor senior, investigador y docente en EE.UU. en el área de la hidrología, hidráulica, sistemas de conducción y bombeo de agua potable y residual, y sistemas de tratamiento de agua potable y residual.