Declaran improcedente caso de extinción de dominio en Barranquilla: Otro logro del abogado Porfirio Castillo

Por: David Awad V.

No deja de ser noticia el abogado constitucionalista, Porfirio Castillo, quien vuelve a sacarla de “home run” como se dice en el mundo beisbol y más, cuando carla del estadio se trata. Esto, si se tiene en cuenta que, la semana anterior ganó una casación ante la Corte Suprema de Justicia en el caso donde defendió los intereses y derechos que le asistieron a un ex Inspector de Policía y una ex Líder Comunal del barrio Las Estrellas, quienes tras falló fueron absueltos y el Estado deberá reparar los perjuicios ocasionados.

Pues bien, en esta oportunidad el destacado jurista Castillo, actuó como defensor de la señora Carmen María Buitrago Consuegra ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla, dentro de un proceso en el que se acumuló otro para extinción de dominio, sin embargo, este último (ajeno a su defensa) fue declarado extinguido el dominio, mientras que el correspondiente a su clienta (Buitrago Consuegra), declararon la improcedencia de la extinción de dominio mediante sentencia proferida por el juez Miltón Joel Bello Balcárcel el pasado 21 de junio de 2023 así:

Resultado de la actuación procesal

Después de estudiar el material probatorio como también los argumentos sustentados por el abogado Porfirio Castillo, procedió el juez a deliberar con fundamento en los presupuestos fácticos y los argumentos jurídicos, concluyendo que en este caso no puede procederse a la extinción del derecho de dominio que la señora CARMEN BUITRAGO CONSUEGRA tiene sobre el inmueble ubicado en la carrera 56 No. 82-97, apto 4ª, Barrio Alto Prado de Barranquilla e identificado con el folio de matrícula Inmobiliaria No. 040-54380, por las causales 5ª y 6ª del artículo 16 de la Ley 1708 de 2014 pues, no obstante haberse demostrado objetivamente el uso ilícito dado por el arrendatario al inmueble, no existe prueba o indicio alguno a partir del cual se pueda inferir que su propietaria permitió o dio lugar a esa situación irregular.

Como consecuencia de lo anterior, una vez en firme esta decisión, deberá librarse oficio a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla para que cancele las medidas de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo registradas con ocasión de esta actuación en lo que respecta al inmueble ubicado en la carrera 56 No. 82-97, apto 4ª, Barrio Alto Prado de Barranquilla e identificado con el folio de matrícula Inmobiliaria No. 040-54380.

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Penal Especializado de Extinción de Dominio del Circuito Judicial de Barranquilla, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.

Sentencia 2020-00007 by David Awad on Scribd

Cuarto: DECLARAR LA IMPROCEDENCIA DE LA EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del Inmueble ubicado en la carrera 56 No. 82-97, apto 4ª, Barrio Alto Prado de Barranquilla e identificado con el folio de matrícula Inmobiliaria No. 040-54380 de propiedad de la señora CARMEN MARÍA BUITRAGO CONSUEGRA, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión.

Quinto: CONSULTAR el contenido de la presente decisión ante la Sala Penal de Extinción del Derecho de Dominio del Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en caso de no ser recurrida.

Sexto: EJECUTORIADA la presente decisión, levántense las medidas cautelares de embargo, suspensión del poder dispositivo y secuestro que recaen sobre el inmueble señalado en el numeral Cuarto y DEVUÉLVASE definitivamente el inmueble a su respectiva propietaria.

Para tal efecto, se librará oficio a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla y a la Sociedad de Activos Especiales SAE, para los fines legales pertinentes.

Séptimo: ADVERTIR a los sujetos procesales e intervinientes que contra esta sentencia procede el recurso de Apelación, de conformidad con lo contemplado en el artículo 65 y 147 de la Ley 1708 de 2014. Por Secretaría, líbrense las comunicaciones.

Así las cosas y con resultados favorables a sus prohijados, queda en claro que el abogado constitucionalista, Porfirio Castillo sigue siendo el ‘abogado de moda’ que con debidos argumentos hace prevalecer y respetar los derechos que le asisten a sus clientes por constitución.