En La Picota seguirá el senador Mario Castaño por red criminal que acaparaba contratos

Para asegurar la indemnidad de las pruebas y constituir un riesgo para la comunidad, la Corte Suprema de Justicia decidió mantener en la cárcel al senador Mario Alberto Castaño Pérez, procesado por liderar una red criminal que manipulaba contratos estatales y exigía millonarias comisiones.

En efecto, al resolverle situación jurídica, la Corte Suprema de Justicia impuso medida de aseguramiento de detención preventiva intramural contra al congresista, por los delitos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en celebración de contratos, peculado por apropiación, estafa agravada y concusión.

Castaño Pérez fue capturado el pasado 7 de junio para rendir indagatoria, diligencia que se cumplió el 10 y 11 de junio.

La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema notificó que continuará la investigación en contra del senador, acusado de haber liderado una organización criminal en la que presuntamente exigía el pago de un porcentaje de contratos públicos que se les entregaban a contratistas señalados por el grupo.

Esta supuesta organización criminal habría sido integrada por servidores públicos y por particulares dedicados a manipular diferentes procesos de contratación estatal que se impulsaron y tramitaron en varios municipios de los departamentos de Cauca, Risaralda, Caldas, Tolima e incluso algunos con iniciativa del Ministerio del Deporte.

También se le atribuye a Castaño Pérez haber influido determinantemente en la designación de empleados en el Congreso de la República quienes, a pesar de percibir salarios por dicha vinculación (por prestación de servicios) no realizaron ninguna actividad de las que se les encomendaron. El aforado, igualmente, le habría exigido, a título de contraprestación, una remuneración económica a personas interesadas en ocupar ciertos cargos públicos, a cambio de garantizarles su vinculación al mismo.

«La medida de detención preventiva en contra del senador se impone con el objeto de asegurar la indemnidad de las pruebas. También porque la libertad del sindicado constituye un riesgo para la comunidad», precisó la Corte.