Traslado de devolución de saldos por no pensión de vejez a BEPS

Si tus aportes no son suficientes para obtener una pensión de vejez puedes acceder a los Beneficios Económicos Periódicos – BEPS. En esta sección te explicamos en que consisten y que documentos debes reunir para realizar este trámite.

Beneficios económicos periódicos

Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) hacen parte de un programa que creó el Gobierno en 2005 y que administra Colpensiones con el objetivo de brindar un mecanismo alternativo de seguridad para la vejez de aquellos colombianos que llegaron a la edad requerida para pensionarse, pero que, aunque hicieron sus aportes en el Régimen Público o Privado, no reunieron el capital necesario solicitado para tal fin.

¿A quiénes está dirigido este programa?

  • A los colombianos mayores de 18 años, vinculados o no al Sistema General de Pensiones (SGP).

¿Cuándo puedes acceder a este programa de BEPS?

Podrás acceder a un BEP cuando tus ingresos no te permitan aportar a la Pensión Obligatoria. Por ejemplo, si tienes un contrato laboral y por alguna razón dejas de trabajar y tienes ahora un ingreso mensual inferior al salario mínimo.

¿Cuáles son las condiciones necesarias para obtener un BEP?

  • Si eres mujer debes tener 57 años de edad o más.
  • Si eres hombre debes tener 62 años de edad o más.
  • No haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos.
  • Ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS.
  • Ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.

Ten en cuenta que no es posible cotizar simultáneamente a pensiones y a BEPS, es decir, mientras tengas los ingresos suficientes para aportar a tu Pensión Obligatoria no podrás ahorrar dinero en tu cuenta BEP. Sin embargo, el ahorro que alcances a hacer te permitirá mejorar tu mesada pensional o completar los requisitos para alcanzar tu pensión.
 

Características de los beps

  • Los Beneficios Económicos Periódicos no son una pensión.
  • Son un mecanismo alternativo de ahorro que forma parte del nuevo modelo de protección para la vejez y es independiente del Sistema General de Pensiones.
  • Al llegar a la edad de pensión, si estás vinculado al programa tendrás un ingreso equivalente al ahorro, más el incentivo otorgado por el Estado; beneficio que recibirás, cada dos meses, en forma de una anualidad vitalicia.
  • Los beneficios no son heredables.
  • El valor del aporte anual no puede ser superior a $ 885.000.

¿Qué incentivo otorga el estado?

Una vez estés inscrito en este programa, podrás acceder a un subsidio periódico otorgado por el Estado que se calcula anualmente de manera individual, según los aportes hechos y cuyo valor será igual al 20% de los aportes; es decir, por cada $ 100 que pagues, el Estado te dará $20 adicionales.
 

¿Para qué puedes destinar el dinero ahorrado en los beps?

El monto de dinero que tengas en BEPS dependerá de la suma de los recursos ahorrados, los rendimientos generados y el incentivo periódico del 20% otorgado por el Estado; los podrás disfrutar bimestralmente o, si lo prefieres, puedes destinarlo al pago total o parcial de vivienda.

Si cumples con los requisitos para acceder a este programa puedes solicitar tu vinculación a través de nuestras oficinas.