La Corte Suprema y sus razones para condenar a Silvia Gette por autopréstamo de la Autónoma del Caribe

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a cinco años de prisión a Silvia Gette, exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe.

El alto tribunal desestimó la absolución que había realizado Tribunal Superior de Barranquilla frente al caso del auto-préstamo de un millón de dólares en el año 2007.

Según lo que comprobó la Corte, el objetivo era incrementar su patrimonio a costa de los dineros de la universidad que sacó sin permiso pues “no procuró el aval de la Sala General de la Universidad Autónoma del Caribe”.

Ahora la mujer deberá responder por el delito de abuso de confianza, ya que la Fiscalía determinó que Gette utilizó el dinero para realizar pagos personales que fueron girados a cuentas internacionales.

“La sentencia recurrida por los cargos contenidos en las demandas presentadas por el apoderado de la parte civil y la Procuradora 353 Judicial II Penal de Barranquilla. En consecuencia, confirmar el fallo de primera instancia proferido el 29 de mayo de 2019, mediante el cual se condenó a Silvia Beatriz Gette Ponce por el delito de abuso de confianza calificado y agravado”, se lee en el fallo de la Corte.

La Corte no solo dejó en firme los cinco años de prisión contra la abogada de profesión, sino que también impuso una multa que deberá cancelar en pesos colombianos. “Imponer a Silvia Beatriz Gette Ponce la pena de sesenta y tres (63) meses de prisión, multa de doscientos diecisiete coma cinco (217,5) s.m.l.m.v. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la privación de la libertad”, indicó la Corte.

En el documento la Corte explica que “Gette Ponce tomó USD$1.000.000 de una cuenta en el exterior, de la Universidad Autónoma del Caribe, en ejercicio abusivo de la administración que le había sido conferida por la corporación 56 Cuaderno original No. 3 de la fiscalía. Fls. 199 y 200. C.U.I. 08001310400720150020604 N.I. 60411 Casación Silvia Beatriz Gette Ponce 69 sin ánimo de lucro, para transferirlos a su cuenta personal, con el fin de invertirlos en la adquisición de papeles de deuda que, según Pedro Eliseo Gracia, Adriana Espinosa Solano y Diego Fernando Guerrero, le reportarían ingresos astronómicos en corto tiempo”.

Más adelante la Corte concluyó que, “Silvia Beatriz Gette Ponce se apoderó del dinero, pues desde el 2007 a la fecha, han trascurrido más de 15 años sin que haya retornado los recursos, debidamente actualizados al cambio de la divisa, a su verdadero dueño, la Universidad Autónoma del Caribe”.

Según lo que comprobó la Corte, la exrectora buscaba un contrato para crear un programa de inversiones financieras con un canadiense que jamás conoció personalmente.

Prevalida de la administración que le había sido conferida del patrimonio de la universidad, se apropió del capital inicial equivalente para la época a $2’239.959.600 pesos colombianos, para ponerlo a entera disposición de quien ha sido identificado como Tonny Farhat, persona a la que jamás conoció personalmente y que le fue recomendado por Diego Fernando Guerrero Zamora, como un operador financiero canadiense”, se lee en el fallo.

El fallo también señaló que ese proyecto de inversión fue propuesto por “Pedro Eliseo Gracia, Diego Fernando Guerrero y Adriana Espinosa Solano para, supuestamente modernizar la infraestructura” de la Universidad.

La encartada empleó sus cuentas personales para movilizar los fondos, por medio de otras cuentas en bancos internacionales, aduciendo que provenían de su propio patrimonio, por lo que tenía plena disposición de ellos”, se indica en el fallo.

Los dineros que se apropió Gette Ponce fueron enviados desde una cuenta de la Universidad en Barranquilla a la cuenta de la exrectora en Miami y fue allí donde ella “realizó el primer acto de disposición libre del dinero ajeno como si le perteneciera, al lograr que este fuera depositado en su cuenta personal”.